Unidad 11: Confidencialidad (Presentacion 31)

Introducción

Estaremos discutiendo algunos asuntos legales que impactan a pastores, iglesias, y sembradores de iglesias.

El primero de ellos Estaremos discutiendo en esta presentación y es acerca de la confidencialidad

Estaremos viendo dos conceptos legales que se relacionan con la comunicación que tu como plantador de iglesias, o pastor y líder tienes con las personas que vienen a ti buscando guianza pastoral y animo espiritual

Declaración de la renuncia de las responsabilidades

Y antes de empezar con el contenido de esta sesión debo dar el siguiente decreto legal que es la renuncia a las responsabilidades: “ El contenido de esta clase no debe ser considerado legalmente una guianza y confiársele como consejería legal en cualquier situación factual o objetiva. El material que se da en esta clase es un resumen del tema a tratar, si te encuentras en una situación donde el material cubierto en esta clase es un hecho para ti, puedes consultar a un abogado local competente en esta área de la ley”

1) Confidencialidad

El Primer concepto que quiero compartirles en confidencialidad de la comunicación-

El segundo es el privilegio eclesiástico penitente- que prohíbe el compartir la información confidencial que se le comunico en un proceso legal

Entender y aplicar estos dos conceptos no te hace necesariamente un consejero pastoral efectivo, pero te garantizo que nunca serás un consejero pastoral efectivo si no eres capaz de mantener confidencialmente la información obtenida durante una consejería pastoral

1) Confidencialidad

Discutir de confidencialidad es entender que estamos hablando de comunicación que crea una expectativa de un intercambio de información que NO SE LE DARA a una tercera persona a menos que se de la autorización o el consentimiento para compartir esta información.

Es mi intención en esta sesión definir el alcance de confidencialidad, identificar las excepciones y limitaciones de la confidencialidad y proveerte animo bíblico cuando tratas con este hecho de confidencialidad

¿Porque confidencialidad importa?

La importancia de mantener la confidencialidad la mejor manera de describirla es considerando que pasa cuando la información confidencial se da sin previa autorización

Lo mínimo es que la confianza se quebranto y es muy difícil restablecerla 

Es casi seguro que la persona se sienta traicionada y no siga buscando tu consejo y guianza cuando su confidencialidad es violada, pero muy seguido mas que la relación con la persona que estabas atendiendo en consejería es el daño que se da al romper la confidencialidad, si el que se quebró la confidencialidad se dan cuenta otros tu credibilidad de poder mantener la confidencialidad queda dañada y si alguien necesita buscar de tu consulta, probablemente se abstenga de hacerlo.

¿Que pasa en el peor de los casos de romper la confidencialidad?

 Puedes recibir la responsabilidad legal por haber roto la confidencialidad y compartir la información que no debías, bajo varias teorías legales como:

Invasión de la privacidad

Incumplimiento del deber del beneficiario

Intención de iniciar angustia emocional



La Asociacion Americana de Consejería

La Asociación Americana de Consejería aborda el deber de mantener confidencialidad en su código de ética de la siguiente manera:

“Los Cristianos consejeros mantienen la confidencialidad de sus clientes en su máxima capacidad de lo que permite la ley, su ética profesional, y las reglas organizacionales de su iglesia. La comunicación confidencial del cliente incluye todo lo verbal, escrito, telefónico, audio y video, o comunicación electrónica que se recopila cuando se hace cuando se da la relación de ayuda entre consejero y cliente…

La Asociacion Americana de Consejería

Aparte de las excepciones mencionadas, los consejeros cristianos no deben revelar la comunicación confidencial del cliente sin primero discutir la intención de revelar esa información y el consejero debe asegurarse de recibir un consentimiento por escrito de su cliente o del representante de su cliente.” Regla 1-140

Esta Regla aplica para consejeros certificados 

Estas reglas aplican para los consejeros acreditados por la Asociacion de consejeros cristianos solamente

Pero se enseña esto en nuestra clase para señalar la importancia de mantener informado al que da consejería que mantenga y pida las formas de consentimiento adecuadas, firmadas por el cliente, antes de revelar cualquier información confidencial

El consejero tiene el derecho de esperar que lo que se revela a ti se mantendrá confidencial y su privacidad se mantendrá respetada

Hay algunas excepciones y limitaciones para la confidencialidad

La pregunta es: ¿Ante que circunstancias un consejero puede ignorar los limites de la confidencialidad?

Discutiremos tres clases de excepciones en esta clase

Tres excepciones para la Confidencialidad

1) Reportar de una manera Mandatorio las situaciones de Abuso- (Abuso de Niños, abuso de ancianos). Las excepciones de las pólizas publicas de la confidencialidad se basan para proteger aquellos que no se pueden defender por si mismos. Tienen especificaciones Estatales.

2) Orden de la Corte para Revelar la Información

3) Revelar la información necesaria para proteger la vida en caso que el cliente amenace con suicidarse, cometer homicidio o haiga el caso inminente de que quiere dañar a otros. Algunos estados tiene los estatutos del deber de advertir.

1) Reporte Mandatorio del abuso

Discutiremos en la próxima clase el reporte mandatorio de situaciones de abuso en la clase de la protección del menor, pero en breve tu tienes que estar advertido de que es mandatorio reportar el abuso en tu estado y como puede impactar la vida eclesiástica de la iglesia, Cada estado tiene su sistema de como debe ser este reporte mandatorio y tu tienes que estar al tanto de tu deber con respecto a esta ley 

2) Orden de la Corte para Revelar la Información

Cuando la corte pide que se le revele la información confidencial como cuando te piden testificar en corte acerca de la conversación confidencial que tuviste con el cliente, el privilegio del voto del clérigo es  puesto en riesgo

Cada estado tiene sus reglas en cuanto si el consejero cristiano tiene que revelar lo que se converso confidencialmente o entregar sus notas o cualquier otro procedimiento para obtener esa información para el procedimiento legal en corte (Puede ser forzado por la corte a revelar esa información)

El privilegio penitente del clerigo

En orden para que el privilegio del clérigo a guardar silencio pueda existir ciertos requerimientos deben ser satisfechos. Veamos estos requerimientos:

Debe haber una comunicación

Que es hecho en confidencia

Y se esta actuando en la capacidad como guía espiritual

En el curso de su disciplina (libro de Referencia: Pastor, Iglesia y la ley)

El privilegio penitente del clerigo

En orden para que el privilegio del clérigo a guardar silencio pueda existir ciertos requerimientos deben ser satisfechos. Veamos estos requerimientos:

Debe haber una comunicación- solo se extiende a comunicación actual que es entre un ministro y un individuo

El privilegio penitente del clerigo

Que es hecho en confidencia- no hay otra persona presente mas que el ministro y el cliente si alguien mas esta presente la confidencialidad no se cumple y el principio no aplica. Si se le platica a un diacono o líder el principio tampoco a plica, debe ser al pastor.

Y se esta actuando en la capacidad como guía espiritual- No es valido si el pastor no esta actuando como pastor o guía espiritual.

En el curso de su disciplina (libro de Referencia: Pastor, Iglesia y la ley)

En algunos estados se maneja que solo aplica a la confesión con los sacerdotes, debes saber como se maneja en tu estado 

Revisemos la Lista para saber si el privilegio aplica

1) ¿ Hubo algún tipo de comunicación?

2) ¿ fue hecha en confidencia?

3) ¿ Fue hecha a un pastor?

4) ¿ El pastor estaba actuando en una capacidad profesional?

5) ¿ Tienen la autorización legal de afirmar el privilegio?

6) ¿ Renuncio el individuo al privilegio?


Revisemos la Lista para saber si el privilegio aplica

En la mayoría de los estados, Aun el ministro o el individuo pueden autorizar el privilegio de penitencia, aunque el Pastor puede hacerlo para beneficiar al individuo, el pastor no puede autorizarlo independientemente si su cliente no quiere hacerlo.

El individuo puede renunciar al privilegio al contarle a una tercera persona lo que había platicado en confidencia con el pastor, en algunos estados el pastor puede renunciar al privilegio al compartirlo con alguien mas, una vez que renuncia al privilegio intencionalmente o no la comunicación se puede revelar en la corte de la ciudad 


Para Cerrar la clase quiero compartir animo de la palabra de Dios en cuando a la confidencialidad

Cuando rompemos la confidencialidad, con las excepciones que por ley debe revelar la información por la protección de la vida y la seguridad, nos envolvemos en el chisme, veamos estos pasajes:


Pasajes finales:

La gente chismosa revela los secretos, la gente confiable es discreta. Pv. 11:13

El perverso provoca contiendas, y el chismoso divide a los buenos amigos. Pv.16:28

El chismoso traiciona la confianza; no te juntes con la gente que habla de más. Pv. 20:19

Sin leña se apaga el fuego; sin chismes se acaba el pleito. Pv. 26:20

Nota final:

Esperamos que sean persona que manejan bien la confidencialidad y si quieren mas información Sobre el tema les recomiendo el articulo, Pastor, la iglesia y la ley.


Последнее изменение: вторник, 14 ноября 2017, 12:47